
Cuando hablamos de la organización y el funcionamiento de una comunidad de propietarios, muchas veces se hace referencia a los estatutos de la comunidad. Sin embargo, no todos los vecinos saben exactamente qué son, si su comunidad los tiene, cómo se aprueban o si pueden modificarse. En este artículo aclaramos todas esas dudas de forma sencilla.
¿Qué son los estatutos de la comunidad?
Los estatutos de la comunidad son un conjunto de normas internas que regulan aspectos concretos de la convivencia, el uso de los elementos comunes, las limitaciones al uso de los privativos y la organización interna de la comunidad de propietarios.
Aunque no son obligatorios por ley, son altamente recomendables, ya que ayudan a prevenir conflictos y aportan una base jurídica clara para tomar decisiones.
¿Qué pueden regular los estatutos?
Algunos de los aspectos que suelen regularse en los estatutos son:
- Uso y disfrute de zonas comunes (piscina, azotea, patios, garajes, etc.).
- Limitaciones de uso de los elementos privativos (prohibición de ciertos negocios, normas sobre cerramientos, ruidos, etc.).
- Reglas sobre el reparto de gastos.
- Normas de convivencia (por ejemplo, horarios de uso de zonas comunes o tenencia de mascotas).
- Forma de convocatoria y celebración de las juntas.
- Régimen de nombramiento de cargos y duración de los mismos.
¿Cuál es la diferencia entre estatutos y normas de régimen interior?
Es importante no confundir los estatutos con las normas de régimen interior.
- Los estatutos tienen carácter vinculante para todos los propietarios y deben inscribirse en el Registro de la Propiedad para tener plenos efectos frente a terceros.
- Las normas de régimen interior regulan aspectos más cotidianos (como el horario de uso del ascensor o el cuarto de basuras) y pueden aprobarse por mayoría simple en junta, sin necesidad de inscripción registral.
¿Cómo se aprueban los estatutos?
Para aprobar o modificar los estatutos de la comunidad es necesario:
- Incluir el punto en el orden del día de la junta.
- Obtener el acuerdo unánime de todos los propietarios, tal y como establece el artículo 17.6 de la Ley de Propiedad Horizontal.
- Redactar el texto de los estatutos o la modificación correspondiente.
- Elevar el acuerdo a escritura pública e inscribirlo en el Registro de la Propiedad.
Sin unanimidad, los estatutos no pueden aprobarse ni modificarse válidamente.
¿Qué ocurre si mi comunidad no tiene estatutos?
Muchas comunidades antiguas no disponen de estatutos o no tienen constancia de ellos. En ese caso:
- Se rigen por lo dispuesto en la Ley de Propiedad Horizontal y en el Título Constitutivo del edificio.
- Se pueden redactar nuevos estatutos si se considera necesario, siguiendo el procedimiento anteriormente descrito.
Tener unos estatutos bien redactados es especialmente útil en comunidades con muchos servicios o zonas comunes, o donde conviven muchos vecinos con diferentes intereses.
¿Dónde se consultan los estatutos?
Los estatutos inscritos pueden consultarse en el Registro de la Propiedad correspondiente, solicitando una copia simple del Título Constitutivo del edificio.
También pueden estar en poder del administrador de fincas o del presidente, si se conservan copias físicas o digitales.
Conclusión
Los estatutos son una herramienta fundamental para garantizar una convivencia ordenada, proteger los intereses comunes y resolver conflictos. Si tu comunidad no los tiene, o están desactualizados, es un buen momento para plantear su redacción o revisión. Desde nuestra administración de fincas, te ayudamos a redactarlos correctamente, cumplir los requisitos legales y adaptarlos a las necesidades reales de tu comunidad.