Los ruidos molestos son una de las principales causas de conflictos en las comunidades de propietarios. Ya sea por música alta, fiestas, reformas fuera de horario o mascotas ruidosas, el exceso de ruido puede afectar al descanso, la convivencia y la salud de los vecinos.

Pero, ¿qué se considera ruido molesto? ¿Qué dice la ley? ¿Qué puede hacer la comunidad o un propietario afectado? A continuación, resolvemos estas preguntas paso a paso.

¿Qué se considera ruido molesto?

No todo ruido es ilegal, pero sí puede considerarse molesto o sancionable cuando:

  • Supera los límites horarios permitidos (por ejemplo, por la noche o a horas de descanso).
  • Se repite de forma constante o prolongada.
  • Afecta a la salud o el bienestar de los vecinos.
  • Incumple las normas del ayuntamiento o de la comunidad.

Cada municipio establece sus propias ordenanzas de ruido, pero en general, el horario de descanso nocturno se sitúa entre las 22:00 y las 8:00, y durante ese tiempo los ruidos deben mantenerse al mínimo.

¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal?

La Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 7.2, prohíbe expresamente al propietario o inquilino realizar en su vivienda o local actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas para el resto de vecinos.

Además, la ley permite que la comunidad actúe judicialmente si alguien incumple esta norma de forma grave o persistente.

¿Qué se puede hacer si un vecino genera ruidos molestos?

Aquí tienes una serie de pasos recomendados:

1. Hablar directamente con el vecino

Muchas veces, los conflictos se resuelven con una simple conversación cordial. Es posible que el vecino no sea consciente de que está molestando.

2. Ponerlo en conocimiento del presidente o del administrador

Si el problema persiste, es conveniente informar al presidente o al administrador de fincas, para que tomen nota y, si procede, hagan un primer requerimiento formal.

3. Convocar una junta o acuerdo comunitario

Si el ruido es recurrente, se puede tratar el tema en una junta de propietarios para adoptar medidas conjuntas (advertencia formal, mediación, etc.).

4. Acudir al ayuntamiento

Muchos ayuntamientos tienen servicios de inspección ambiental o policía local que pueden acudir a medir los decibelios y levantar acta. Esto es especialmente útil por la noche.

5. Reclamación judicial

Si nada de lo anterior funciona, la comunidad (o el propietario afectado) puede interponer una demanda judicial. Si se acredita que los ruidos son graves y persistentes, el juez puede:

  • Ordenar el cese inmediato de la actividad.
  • Imponer una indemnización por daños y perjuicios.
  • Incluso, en casos extremos, privar al infractor del uso de la vivienda durante un tiempo (hasta 3 años, según la jurisprudencia).

¿Qué hacer si el causante del ruido es un inquilino?

La comunidad puede actuar igualmente, aunque el propietario de la vivienda responde solidariamente. Si el inquilino no cesa en su conducta, el propietario podría verse obligado a rescindir el contrato de alquiler si así lo decide un juez.

¿Qué papel tiene el administrador de fincas?

El administrador de fincas puede:

  • Mediar entre las partes.
  • Informar al infractor de las consecuencias legales.
  • Proponer a la junta medidas o acciones legales.
  • Tramitar las denuncias con el asesoramiento legal adecuado.

Conclusión

Vivir en comunidad implica respetar el descanso y la tranquilidad de los demás. Cuando eso no ocurre, la ley ofrece mecanismos para proteger a los vecinos afectados. Actuar de forma ordenada y con asesoramiento profesional es clave para resolver estos conflictos sin agravar la situación.

Desde nuestra administración de fincas ayudamos a las comunidades a gestionar este tipo de incidencias con discreción, legalidad y eficacia, protegiendo siempre el bienestar común.

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